Morelia, Michoacán, 25 de marzo de 2026.- Con la finalidad de fortalecer el rendimiento académico y mejorar la convivencia escolar, la Septuagésima Sexta Legislatura aprobó reformar la Ley de Educación del Estado para que instituciones de educación básica regulen el ingreso y uso de Dispositivos Móviles durante el horario escolar.
A través de la reforma a los artículos 4, 29 y 67 de dicha ley es como las y los legisladores locales establecieron que las autoridades educativas deberán propiciar acciones de información y difusión de medidas orientadas a prevenir y concientizar sobre el riesgo de la adicción a los videojuegos, y al uso de dispositivos móviles.
Por ello, incorporaron en la Ley de Educación de Michoacán la definición de dispositivos móviles, con el propósito de dotar de mayor claridad y certeza a la disposición normativa propuesta, precisando que son equipos electrónicos portátiles diseñados para la comunicación, el procesamiento, almacenamiento y transmisión de datos.
Asimismo, la reforma que conjunta las iniciativas presentadas por la diputada María Itzé Camacho Zapiain y el diputado Juan Carlos Barragán Vélez; así como, la del diputado Reyes Galindo Pedraza, determinó que los educandos podrán hacer uso de Dispositivos Móviles de acuerdo a la reglamentación implementada por cada institución escolar.
El dictamen elaborado por la Comisión de Educación señala que los permisos para el uso de dispositivos móviles dentro de las instituciones escolares se otorguen de conformidad con la reglamentación interna de cada institución educativa; y, la Secretaría de Educación en el Estado armonizará su normatividad en los 60 días siguientes de la entrada en vigor del Decreto.

