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Congreso califica como aprobatoria la Cuenta Pública de la Hacienda Estatal 2023

Morelia, Michoacán; a 30 de abril de 2025.- Con el firme compromiso de vigilar el eficiente manejo de los recursos públicos, para el bienestar de los michoacanos, por unanimidad, el Pleno del Congreso del Estado, aprobó el dictamen mediante el cual se revisó, fiscalizó y evaluó la Cuenta Pública de la Hacienda Estatal, correspondiente al Ejercicio Fiscal del Año 2023.

El dictamen presentado por la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, establece que una vez revisado el Informe General Ejecutivo e informes individuales, las y los diputados Integrantes de dicha comisión consideraron la aprobación de la Cuenta Pública de la Hacienda Estatal, correspondiente al ejercicio fiscal del año 2023.

Al respecto, se determinó de acuerdo a los documentos probatorios presentados por los Servidores Públicos responsables, en las auditorías practicadas de Cumplimiento Financiero, Financiera, y Obra, la procedencia de 813 Observaciones Preliminares, de las cuales se eliminaron 288, ratificaron 422 y rectificaron 103, de estas últimas, se derivaron 521 Informes de Presuntas Irregularidades (IPI) y 4 Promociones del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal (PEFCF).

En las Auditorías de Desempeño, se obtuvieron 58 Recomendaciones Preliminares, de las cuales se Eliminaron 22, se Ratificaron 32 y se Rectificaron 4, derivando de ello, 36 Recomendaciones por atender, de conformidad con el artículo 53 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado.

Asimismo, dentro de la planeación y desarrollo de las auditorías las y los legisladores emitieron opinión y recomendaciones en los Sistemas de Control de las Entidades Fiscalizadas con conocer la existencia, eficacia y competencia de los mismos, y en consecuencia su veracidad para determinar la fortaleza y debilidad en las operaciones de la Entidad Fiscalizada.

Finalmente, se instruyó a la Auditoría Superior de Michoacán, a dar seguimiento legal en tiempo y forma a las auditorías realizadas; a los procedimientos para la investigación y substanciación, así como dar vista a los Órganos Internos de Control de las entidades para el caso de las faltas administrativas no graves, de igual forma al Tribunal en materia Anticorrupción y Administrativa del Estado, para la resolución correspondiente.

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