Morelia, Michoacán, 20 de octubre de 2026.- El Congreso del Estado de manera oficial pone fin a la reelección inmediata para cargos de elección popular y establece candados que evitarán el nepotismo en los procesos electorales, esto luego de dar la declaratoria correspondiente al Decreto Número 501, mediante el cual se reforman diversos artículos de la Constitución Política de Michoacán.
En sesión extraordinaria, el Pleno de la Septuagésima Sexta Legislatura dio a conocer que fueron los municipios de Tuxpan, Aguililla, Buenavista, Pátzcuaro, Acuitzio, Hidalgo, Indaparapeo, Tepalcatepec, Uruapan, Aquila, Maravatío Turicato, Churumuco, Jiménez, Angamacutiro, Jacona, Parácuaro y Morelia, los que enviaron al Poder Legislativo su respuesta aprobatoria, y al resto de los ayuntamientos, trascurrido el término constitucional para emitir votación, se aprobó por afirmativa ficta.
Cabe recordar, que la reforma aprobada el pasado mes de julio y que fue enviada a los 112 ayuntamientos y al Consejo Mayor de Cherán para su votación, modifica los artículos 9, 20, 24, 50, 105, 116, 117, 119, constitucionales del estado, suprimiendo el derecho a la reelección consecutiva para los cargos de diputaciones locales, presidencias municipales, sindicaturas y regidurías, extendiendo esta restricción a los jueces y magistrados del Poder Judicial del Estado.
De igual forma, establece restricciones familiares al modificar el régimen de consanguinidad y afinidad para los aspirantes, al prohibir formalmente que los ciudadanos accedan a candidaturas para el gobierno del estado, diputaciones o alcaldías si sostienen o sostuvieron —en los tres años previos a la elección— vínculos conyugales, concubinato o parentesco civil con la persona que ejerce la titularidad del cargo en ese momento.
Las nuevas disposiciones, que entrarán en vigor en los procesos electorales hasta el año 2030, forman parte del compromiso que las y los diputados de la 76 Legislatura tiene con la sociedad michoacana para fortalecer la alternancia democrática y que quienes ostentan una representación pública mantengan dedicación exclusiva a sus funciones, limitando el uso de plataformas oficiales con fines de promoción consecutiva.

