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20 abril, 2024
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MARAVATÍO

TEEM ordena a autoridades de Maravatío apegarse a leyes para regirse

Morelia, Michoacán.-  Al resolver el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano con la clave TEEM-JDC-025/2017, el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, determinó que el Presidente Municipal, el Síndico, la Secretaria y Regidores del Ayuntamiento de Maravatío Michoacán, se apeguen a las disposiciones Constitucionales, legales y reglamentarias para regir su actuar, lo anterior dentro del juicio antes citado, interpuesto en su contra por los regidores María Concepción Medina Morales, Angélica Vallejo Yáñez, Pablo Roberto Cruz Andrade y Leopoldo Leal Sosa.

De acuerdo a un comunicado de prensa, dentro de los diversos agravios expuestos por los regidores están: irregular citación para la sesión ordinaria de cabildo celebrada el 28 de julio del año en curso; falta de información necesaria para el desarrollo de la aludida reunión del Ayuntamiento; la prohibición de video grabar dicha sesión, así como la expulsión del regidor Pablo Roberto Cruz Andrade de la Sala de Juntas de Cabildo con auxilio de la fuerza pública.

Ante ello y de acuerdo al estudio, el TEEM resolvió que los dos primeros motivos de disenso son infundados y por lo que ve al tercero, determinó que es fundado el agravio en virtud de que resulta contrario a derecho la prohibición de video grabar la referida sesión, pues la libertad de expresión y la difusión de información consagrada en la Constitución Federal debe privilegiarse y, respecto al último concepto, los magistrados lo consideraron fundado, en razón que no se justifica la expulsión del regidor Pablo Roberto Cruz Andrade de la sesión ordinaria de cabildo, con auxilio de la fuerza pública.

Por lo expuesto, se ordenó que se incorpore al regidor Cruz Andrade a la próxima orden del día y se sometan a su consideración y votación aquellos puntos que se expusieron y discutieron en la sesión del 28 de julio de la presente anualidad; de la cual fue expulsado indebidamente.

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